viernes, 3 de febrero de 2012

Sobre la Sociedad Matemática Oaxaqueña (I)

Pensando en esto de la Sociedad Matemática Oaxaqueña:
  1. Los interesados harán bien en leer íntegramente el Libro Cuarto, Parte Segunda, Título Undécimo del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca. Y sí, resulta que no es tan fácil como pensaba en un principio. Pero aún así me interesa. Revisen igualmente el documento Construyendo tu organización en 16 pasos, que es una guía bastante minuciosa y, al parecer, fruto de la intensa experiencia.
  2. Los detalles que me preocupan son:
    • ¿Está bien el nombre (o "razón social", en la jerga jurídica)? Porque tendrá que ponerse "Sociedad Matemática Oaxaqueña, A. C." en los documentos. ¿Qué otras opciones habría? Comenten.
    • El contrato o acta constitutiva.
    • Los estatutos.
    • Las asambleas generales. Según el Código Civil en ella recaerá el "poder supremo" de la asociación. Otra cuestión interesante es que la ley también dice que "[La dirección] deberá citar a asamblea cuando para ello fuere requerida por lo menos por el cinco por ciento de los asociados, o si no lo hiciere, en su lugar lo hará el juez de lo civil a petición de dichos asociados.". Es decir: si la sociedad tiene veinte miembros o menos, cualquiera puede solicitar una asamblea cuando se le antoje. También está el asunto de designar a un primer presidente, secretario y tesorero (de los cuales, por cierto, zafo), y ver si es legal que se puedan realizar por teleconferencia o mecanismos similares (¿alguien conoce un abogado que nos despeje estas dudas?).
    • ¡El domicilio de la sociedad! Ese asunto está medio peliagudo, porque sospecho que tendrá que ser la casa de alguien. O no sé si se pueda poner el domicilio de una universidad (con previo consentimiento tanto de ella como de los socios en ciernes).
Para empezar con lo del acta constitutiva y los estatutos podría abrirse un wiki para que todos colaboren. Las opciones que he buscado para crear uno son www.wikia.com, www.wikidot.com y www.springnote.com. Revísenlas y opinen; propongan otras si es posible.

En Teotitlán de Flores Magón hay una notaria; le pregunté y cobra $7500 por el trámite. Pero, por lo que veo, si los interesados ya traen un contrato y los estatutos, y alguien se encarga del permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores y la inscripción de los estatutos en el Registro Público de la Propiedad (que puedo ser yo o alguien que viva en Chilangolandia), entonces puede que se le baje bastante al costo. El notario es indispensable para que revise lo que se redactó y ponga todo en su libro.

Y falta lo del RFC y el maremágnum fiscal... Pero vamos parte por parte.

No hay comentarios.: